En memoria de Gordi (escrito de Villabichos)

¡¡¡¡ La que has armado, Gordi !!!!

Seguro que ahora estás, asomado desde tu nube, asombrado ante todo esto..... Tú sólo te acercaste al bordecito para volver a ver, desde allá arriba, a tu familia...a tu querida Miryam. Sólo querias ver que todo estaba bien, como siempre ha estado....

Y encuentras los ojos de Miryam llenos de lágrimas.....lágrimas que se unen a las de 8000 amigos más. Lágrimas que caen a la tierra para regar la semilla que ya ha empezado a germinar...

Te preguntas qué tiene que ver esto contigo... Claro, tu solo hiciste lo que mejor sabes hacer:

Ser compañero y amigo, esperar pacientemente junto al ordenador, hacer reir cuando más se necesita, pasear, jugar, revolcarte en la arena..... solo disfrutaste de la vida, de la comida, de los juegos, del amor de la familia..... Como cualquier otro perro. ¡¡¡¡ Que importa la raza !!!!
,
Y poco a poco conseguiste hasta cambiar el lenguaje, Pasaste de ser un perro de caZa a ser un perro de caSa. Sólo una letra que cambia totalmente una vida.....

Una casa en lugar de un zulo, un paseo en lugar de una cacería, pienso y chuches en lugar de pan duro, abrazos en lugar de patadas... y una vejez rodeado de cariño en lugar de un tiro o una cuerda en el campo.

Ya no sorprenden los setters paseando con sus dueños, los pointers viajando de vacaciones, los bretones jugando con los niños, los galgos luciendo su elegante estampa en la ciudad.....

Y tú, Gordi, eres, en gran parte, el culpable. Así que no te asombres si a tu nube empiezan a llegar bracos gorditos, podencos viejecillos hablando de sofás..... y si, al verte, sonrien y dicen los unos a los otros ; " Mira, es Gordi. El perrito de Myriam, el de "perros de casa",

miércoles, 13 de agosto de 2014

LA TOLERANCIA Y OPACIDAD DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE CON LOS ABUSOS DE LA CAZA



La Administración Regional privilegia a los cazadores en contra de los derechos de los paseantes, de la conservación, y de sus propias leyes. La responsabilidad de la Administración Regional de Madrid, que tiene las competencias en la gestión de la caza en la Región, alcanza también a las irregularidades administrativas. Al comienzo de la temporada 2007-2008 la mitad de los acotados tenían caducada la vigencia del Plan de Aprovechamiento Cinegético (imprescindible para legalizar un coto de caza), a pesar de lo cual funcionaron con plena tolerancia de la Consejería de Medio Ambiente. La caza en "zonas" donde esta actividad está prohibida por la legislación del Parque se ha justificado una y otra vez (en las sesiones de la Junta Rectora) haciendo creer que se trataba de actividades de gestión y la investigación del Parque (excepciones para permitir la caza en esos suelos). La justificación era tan chusca que ha veces no sabemos si tratar a los cazadores como biólogos disfrazados de escopeteros.
Estas graves deficiencias en la gestión de la caza, en un espacio legalmente protegido, se acompañan de una actitud constante de opacidad a la hora de conseguir información relevante de la actividad cinegética en la Comunidad de Madrid. Desde 1999 hasta 2007 se han rechazado por la Administración Regional prácticamente todos los intentos por conocer los cotos, su legalidad administrativa, sus límites, etc, en los casos en que ha sido posible acceder a algunos de estos datos ha sido a través de la Oficina del Defensor del Pueblo, tras meses o años de insistencia y quejas. Existe una reiterada actitud de obstruccionismo por parte del Área de Conservación de Flora y Fauna. En las quince sesiones que celebró la Junta Rectora del Parque nunca se informó ninguna autorización administrativa de los acotados (Planes de Aprovechamiento Cinegético), a pesar de que las sucesivas órdenes de vedas establecían que se requerirá el preceptivo informe favorable de los órganos gestores de los mismos (artículo 21 de las órdenes de veda).
Todavía en 2013 hemos detectado graves incumplimientos de las autorizaciones administrativas. Los abusos más habituales consisten en facilitar a muchos acotados una permanente actividad cinegética a lo largo del año, con jornadas que multiplican por 3 o por 4 las ordinarias de la temporada oficial (de 8 de octubre a 31 de enero), y de paso se superan los límites de capturas que establece la autorización del coto de caza (en su Plan de Aprovechamiento Cinegético). El procedimiento que se emplea, por los gestores privados de los cotos y por la Administración para "legalizar" estos abusos, es el siguiente: a partir de la declaración de exceso de población de conejos que se reflejaba en la Orden 3064/2009, de 31 de julio, para 51 términos municipales de la Comunidad de Madrid, los gestores de los cotos de caza solicitan permisos extraordinarios de caza (para conejos ...y para jabalíes, para zorros ...para cualquier especie cinegética, aunque sean predadores de los conejos) a partir de estos permisos extraordinarios queda justificada cualquier abuso en las capturas. La Administración se limita a concederlos y a justificar cualquier abuso de fechas, capturas, etc. Sin importarles si en esas fechas la presencia de paseantes supone un problema de seguridad, o si la orden y los excesos datan de cinco años atrás, o si los predadores de los conejos deberían ser respetados precisamente para controlar los excesos en las poblaciones de conejos ...todo vale si se trata de prolongar la actividad cinegética. En definitiva, en la Comunidad de Madrid hay 51 municipios donde se puede cazar durante todo el año con la simple estratagema de solicitar un sencillo "permiso extraordinario" al Área de Conservación de Flora y Fauna, no hay que aportar informes técnicos, ni consta que existan de la propia Administración, ni se tienen en cuenta las condiciones y limitaciones que puedan imponer las concesiones administrativas de los cotos. En la Comunidad de Madrid hay barra libre para la caza ...de conejo, de zorro, de todo lo que sea cazable.
Los excesos de capturas son una evidencia de que los Planes de Aprovechamiento Cinegético son papel mojado, al menos en las previsiones de la "carga cinegética" que pueden soportar. Así, por ejemplo, hay varios acotados de caza que han presentado balances de capturas oficiales que llegan a multiplicar por cuatro el límite de ejemplares que estaban autorizados a capturar (pulsar aquí para ver el balance de capturas por especies):

1. La práctica totalidad de los parajes de mayor relevancia del Parque se encuentran afectados por algún coto de caza activo:

Todas las Zonas A “De Reserva Integral”: Cantiles de Piúl y La Marañosa, lagunas de Porcal y Arriadas, etc.

La práctica totalidad de la ribera del Jarama y Manzanares.

Muchas de las lagunas más importantes: Porcal grande, humedales de Velilla, Soto Pajares, Esperilla, etc.

2. Hay un riesgo evidente de que se estén causando graves daños a:

Especies de rapaces protegidas, sobre todo las que dependen de los cantiles.

Acuáticas (plumbismo). El problema del empleo de plomo en la munición ha comenzado a limitarse a partir de la entrada en funcionamiento (2/10/02) del Decreto que limita el empleo de plomo en la Comunidad de Madrid (acceder a Decreto). Sin embargo su aplicación y respeto es todavía una asignatura pendiente, bien por la ignorancia de algunos cazadores, por el desafío de otros y por la tolerancia de la Administración.

3. Gran parte de los cotos incumplen la prohibición expresa prevista en la Ley 6/94 y en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales para las zonas A y C. En esta última zona simplemente considerando que las "razones de gestión" o de investigación, siempre excepcionales, otorga suficiente justificación para convertirlas en suelos "cazables". Hay varios cotos de caza que sólo tienen suelos en estas zonas C.

4. Es evidente que la Comunidad de Madrid, con posterioridad a la aprobación de la Ley 6/94, ha renovado los Planes Cinegéticos en zonas donde está expresamente prohibida la caza.

5. A pesar de la expresa obligación que se recoge en las últimas ordenes de veda, ninguna revisión de los Planes Cinegéticos ha pasado por el preceptivo informe (aprobación o rechazo) de la Junta Rectora del Parque del Sureste.

6. El Departamento que gestiona la caza en la Consejería de Medio Ambiente de Madrid funciona como una administración no sometida por la legislación del espacio protegido. Su funcionamiento desde hace años se apoya en ignorar la presencia del Parque y cualquier criterio de conservación. La Dirección General de Medio Ambiente se limita a ser una ventanilla donde se autoriza prácticamente todo lo que piden los gestores de los cotos de caza: límites de los cotos, tolerancia con los incumplimientos de los Planes de Aprovechamiento Cinegéticos, permisos extraordinarios de caza, etc.. Conseguir información constituye un reto a la paciencia y una flagrante violación de la obligación de informar en materia de medio ambiente, ha costado siete años conseguir una pequeña aproximación informativa sobre la práctica cinegética en este espacio protegido, casi toda la infromación facilitada por la administración regional lo ha sido a partir de la intervención de la oficina del Defensor del Pueblo.
Fuente: La ASOCIACIÓN ECOLOGISTA DEL JARAMA "EL SOTO" es un colectivo de defensa ambiental dedicado prioritariamente a la promoción y defensa del entorno natural del Parque Regional del Sureste de la Comunidad de Madrid.

Foto: LA TOLERANCIA Y OPACIDAD DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE CON LOS ABUSOS DE LA CAZA

La Administración Regional privilegia a los cazadores en contra de los derechos de los paseantes, de la conservación, y de sus propias leyes. La responsabilidad de la Administración Regional de Madrid, que tiene las competencias en la gestión de la caza en la Región, alcanza también a las irregularidades administrativas. Al comienzo de la temporada 2007-2008 la mitad de los acotados tenían caducada la vigencia del Plan de Aprovechamiento Cinegético (imprescindible para legalizar un coto de caza), a pesar de lo cual funcionaron con plena tolerancia de la Consejería de Medio Ambiente. La caza en "zonas" donde esta actividad está prohibida por la legislación del Parque se ha justificado una y otra vez (en las sesiones de la Junta Rectora) haciendo creer que se trataba de actividades de gestión y la investigación del Parque (excepciones para permitir la caza en esos suelos). La justificación era tan chusca que ha veces no sabemos si tratar a los cazadores como biólogos disfrazados de escopeteros.
Estas graves deficiencias en la gestión de la caza, en un espacio legalmente protegido, se acompañan de una actitud constante de opacidad a la hora de conseguir información relevante de la actividad cinegética en la Comunidad de Madrid. Desde 1999 hasta 2007 se han rechazado por la Administración Regional prácticamente todos los intentos por conocer los cotos, su legalidad administrativa, sus límites, etc, en los casos en que ha sido posible acceder a algunos de estos datos ha sido a través de la Oficina del Defensor del Pueblo, tras meses o años de insistencia y quejas. Existe una reiterada actitud de obstruccionismo por parte del Área de Conservación de Flora y Fauna.  En las quince sesiones que celebró la Junta Rectora del Parque nunca se informó ninguna autorización administrativa de los acotados (Planes de Aprovechamiento Cinegético), a pesar de que las sucesivas órdenes de vedas establecían que se requerirá el preceptivo informe favorable de los órganos gestores de los mismos (artículo 21 de las órdenes de veda).
Todavía en 2013 hemos detectado graves incumplimientos de las autorizaciones administrativas. Los abusos más habituales consisten en facilitar a muchos acotados una permanente actividad cinegética a lo largo del año, con jornadas que multiplican por 3 o por 4 las ordinarias de la temporada oficial (de 8 de octubre a 31 de enero), y de paso se superan los límites de capturas que establece la autorización del coto de caza (en su Plan de Aprovechamiento Cinegético). El procedimiento que se emplea, por los gestores privados de los cotos y por la Administración para "legalizar" estos abusos, es el siguiente: a partir de la declaración de exceso de población de conejos que se reflejaba en la Orden 3064/2009, de 31 de julio, para 51 términos municipales de la Comunidad de Madrid, los gestores de los cotos de caza solicitan permisos extraordinarios de caza (para conejos ...y para jabalíes, para zorros ...para cualquier especie cinegética, aunque sean predadores de los conejos) a partir de estos permisos extraordinarios queda justificada cualquier abuso en las capturas. La Administración se limita a concederlos y a justificar cualquier abuso de fechas, capturas, etc. Sin importarles si en esas fechas la presencia de paseantes supone un problema de seguridad, o si la orden y los excesos datan de cinco años atrás, o si los predadores de los conejos deberían ser respetados precisamente para controlar los excesos en las poblaciones de conejos ...todo vale si se trata de prolongar la actividad cinegética. En definitiva, en la Comunidad de Madrid hay 51 municipios donde se puede cazar durante todo el año con la simple estratagema de solicitar un sencillo "permiso extraordinario" al Área de Conservación de Flora y Fauna, no hay que aportar informes técnicos, ni consta que existan de la propia Administración, ni se tienen en cuenta las condiciones y limitaciones que puedan imponer las concesiones administrativas de los cotos. En la Comunidad de Madrid hay barra libre para la caza ...de conejo, de zorro, de todo lo que sea cazable.
Los excesos de capturas son una evidencia de que los Planes de Aprovechamiento Cinegético son papel mojado, al menos en las previsiones de la "carga cinegética" que pueden soportar. Así, por ejemplo, hay varios acotados de caza que han presentado balances de capturas oficiales que llegan a multiplicar por cuatro el límite de ejemplares que estaban autorizados a capturar (pulsar aquí para ver el balance de capturas por especies):

1. La práctica totalidad de los parajes de mayor relevancia del Parque se encuentran afectados por algún coto de caza activo:

Todas las Zonas A “De Reserva Integral”: Cantiles de Piúl y La Marañosa, lagunas de Porcal y Arriadas, etc.

La práctica totalidad de la ribera del Jarama y Manzanares.

Muchas de las lagunas más importantes: Porcal grande, humedales de Velilla, Soto Pajares, Esperilla, etc.

2. Hay un riesgo evidente de que se estén causando graves daños a:

 Especies de rapaces protegidas, sobre todo las que dependen de los cantiles.

 Acuáticas (plumbismo). El problema del empleo de plomo en la munición ha comenzado a limitarse a partir de la entrada en funcionamiento (2/10/02) del Decreto que limita el empleo de plomo en la Comunidad de Madrid (acceder a Decreto). Sin embargo su aplicación y respeto es todavía una asignatura pendiente, bien por la ignorancia de algunos cazadores, por el desafío de otros y por la tolerancia de la Administración.

3. Gran parte de los cotos incumplen la prohibición expresa prevista en la Ley 6/94 y en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales para las zonas A y C. En esta última zona simplemente considerando que las "razones de gestión" o de investigación, siempre excepcionales, otorga suficiente justificación para convertirlas en suelos "cazables". Hay varios cotos de caza que sólo tienen suelos en estas zonas C.

4. Es evidente que la Comunidad de Madrid, con posterioridad a la aprobación de la Ley 6/94, ha renovado los Planes Cinegéticos en zonas donde está expresamente prohibida la caza.

5. A pesar de la expresa obligación que se recoge en las últimas ordenes de veda, ninguna revisión de los Planes Cinegéticos ha pasado por el preceptivo informe (aprobación o rechazo) de la Junta Rectora del Parque del Sureste.

6. El Departamento que gestiona la caza en la Consejería de Medio Ambiente de Madrid funciona como una administración no sometida por la legislación del espacio protegido. Su funcionamiento desde hace años se apoya en ignorar la presencia del Parque y cualquier criterio de conservación. La Dirección General de Medio Ambiente se limita a ser una ventanilla donde se autoriza prácticamente todo lo que piden los gestores de los cotos de caza: límites de los cotos, tolerancia con los incumplimientos de los Planes de Aprovechamiento Cinegéticos, permisos extraordinarios de caza, etc.. Conseguir información constituye un reto a la paciencia y una flagrante violación de la obligación de informar en materia de medio ambiente, ha costado siete años conseguir una pequeña aproximación informativa sobre la práctica cinegética en este espacio protegido, casi toda la infromación facilitada por la administración regional lo ha sido a partir de la intervención de la oficina del Defensor del Pueblo.
Fuente: La ASOCIACIÓN ECOLOGISTA DEL JARAMA "EL SOTO" es un colectivo de defensa ambiental dedicado prioritariamente a la promoción y defensa del entorno natural del Parque Regional del Sureste de la Comunidad de Madrid.

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