El exagente del Seprona no podrá cazar en dos años por causar daños a la fauna
La juez impone al condenado una multa de 2.400 euros por abatir más reses de las permitidas y poner en peligro la biodiversidad, bien protegido
Dos agentes del Seprona muestran un "trofeo" incautado en una operación contra el furtivismo. Foto L. O. Z.
SUSANA ARIZAGA Los daños causados, la "puesta en peligro del bien jurídico protegido (biodiversidad)", por el exagente del Seprona acusado de furtivismo en cotos de la comarca de la Carballeda le han valido la prohibición de cazar durante dos años y el pago de una multa de 2.400 euros, en la sentencia del Juzgado de lo Penal. La magistrada reprocha "la conducta del acusado", cuyas iniciales son A.M.V., "al cazar más ejemplares de los administrativamente autorizados" en cotos a los que pertenecía -como el de Faramontanos de la Sierra y Fresno de la Carballeda-, con lo que "pudo poner en peligro dicho bien jurídico" y cometer así "un delito contra la protección de la fauna", "que resulta lesionada".
La sentencia, que ya ha sido recurrida a la Audiencia Provincial, estima acreditado que, como sostenía el Ministerio Fiscal, el imputado solo podía cazar seis de los diez ciervos machos que le fueron intervenidos el 12 de octubre de 2012 por la Guardia Civil en Fresno de la Carballeda, cuando estaban a punto de ser transportados a una industria cárnica de Cáceres. La magistrada subraya que "restarían al menos tres piezas por justificar", para los que el procesado no tendría los preceptivos precintos que entrega la Junta de Castilla y León a los costos para poder capturar las especies salvajes.
En el fallo se apunta, a renglón seguido, que tal número de reses "podría elevarse con los ejemplares que, según el propio acusado, estaban muertos en el campo", conclusión a la que llega la juez porque la guía, el documento que autoriza el transporte de las reses, firmada por el veterinario que las examinó contenía datos de 15 ejemplares. En el fallo se subraya también que se desconoce si las piezas a trasladar a la industria cárnica eran machos o hembras.
De hecho, la Fiscalía -que exigía la prohibición de cazar durante tres años para el acusado y una multa de 3.600 euros- afirmó en el juicio, en base al informe de la Guardia Civil, que ni las nueve reses que estaban ya cargadas en el camión, ni la que se estaba a punto de introducirse, disponían de precinto, todos estaban decapitados, "sin trofeos", con las patas seccionadas y "casi congelados".
La sentencia absuelve al procesado y al veterinario -de iniciales F.J.F.M.- del delito de falsificación documental, imputado por la Fiscalía porque en la guía aparecían trofeos de la temporada anterior y porque algunos de los ciervos incautados estaban casi congelados, lo que contradice que fueran examinados en esa misma mañana del 12 de octubre como suscribió el profesional sanitario; y porque las piezas eran solo diez y un jabalí, y no quince como recogía el documento oficial. Además, el impreso estaba en desuso, aspecto este último que la magistrada considera que "carece de relevancia" porque el guardia que investigó el caso reconoció que la Junta "lo admitía sin problemas". La falta de pruebas suficientes para corroborar tal acusación impidió que la juez impusiera el año de cárcel al exagente y al veterinario y la multa de 2.400 euros a este último por falsificar la guía.
http://www.laopiniondezamora.es/zamora/2015/01/27/exagente-seprona-podra-cazar-anos/818212.html
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