http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=1129583
Absuelto de maltrato animal por no ensañarse al matar a su perro ya moribundo
La sentencia explica que el acusado acudió con su vehículo a un camino vecinal de la localidad de Ambrosero (Bárcena de Cicero), al haberle sido comunicado el atropello de un cachorro de su propiedad que se encontraba herido en la cuenta.
Al llegar allí este hombre consideró que el animal estaba moribundo, por lo que sacó un palo del maletero con el que lo golpeó en la cabeza, causándole la muerte.
La juez explica que el artículo del Código Penal aplicable en este supuesto por la fecha de comisión de los hechos castigaba a los que maltrataran "con ensañamiento" e "injustificadamente" a animales domésticos, causándoles la muerte o provocándoles lesiones graves.
La magistrada señala que ese precepto que se ha aplicado requiere el cumplimiento de varios elementos, dado que no cabe cualquier clase de maltrato animal.
De este modo, sólo se castiga el maltrato "más trascendente" y "el más intenso", que ha de provocar bien la muerte o lesiones que produzcan "un grave menoscabo físico".
Y además ese maltrato tenía que tener lugar con ensañamiento y de forma injustificada, y afectar a un animal doméstico.
En el juicio, el acusado declaró que, cuando llegó, el animal "estaba totalmente reventado" y "sangrando por la boca y por el ano", y afirmó que estaba moribundo.
Esta persona añadió que golpeó al cachorro "para que no sufriera más" pues, al comprobar su estado "agonizante", estaba convencido de que no tenía salvación.
La juez subraya que "más allá del desgraciado y desagradable final" del perro, en este caso es preciso analizar si la conducta del acusado tiene encuadre en el tipo penal del maltrato animal.
Así, advierte de que "el mero hecho de matar a un animal no reúne todos los elementos típicos del delito", pues ello supondría "castigar toda clase de caza o sacrificio de animales para la alimentación humana".
La juez absuelve a este individuo porque entiende que en este caso no concurre el ensañamiento necesario para considerar que hubo maltrato animal.
Destaca que se ha constatado que se produjo una "muerte rápida", que no supuso "un mayor sufrimiento para el animal previamente herido".
La magistrada incide en que, pese a que no se comprobó si este perro podía haber sido curado, su dueño no debe ser castigado penalmente, porque no aumentó deliberadamente su sufrimiento.
Y añade que el hombre declaró que precisamente había querido evitar al cachorro ese sufrimiento. Para la juez, ese argumento no se ha comprobado como falso.
"La actuación del acusado es contraria a la sensibilidad y respeto por los animales, al no constar la efectiva imposibilidad de curación del cachorro ni la prescripción del sacrificio por facultativo competente, pero en todo caso no ha quedado probado el incremento del sufrimiento previamente padecido por el atropello".
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.